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Corte Suprema revisará nulidad en caso de Illapel que la Fiscalía acreditó maltrato habitual

La Corte Suprema revisará el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de un sujeto condenado en Illapel por maltrato habitual, en hechos que la Fiscalía probó, pese a sus complejidades, en juicio simplificado en el Juzgado de Garantía de Los Vilos.

Según la investigación de la Fiscalía, en diversas fechas del año 2017 hasta el mes de noviembre de 2021, en un domicilio determinado de la comuna de Illapel, como en diversos lugares, el imputado ejerció maltrato psicológico de manera reiterada contra su ex cónyuge, en diversas ocasiones, con palabras y acciones que revistieron dicha situación.

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La Corte Suprema revisará el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de un sujeto condenado en Illapel por maltrato habitual, en hechos que la Fiscalía probó, pese a sus complejidades, en juicio simplificado en el Juzgado de Garantía de Los Vilos.

Según la investigación de la Fiscalía, en diversas fechas del año 2017 hasta el mes de noviembre de 2021, en un domicilio determinado de la comuna de Illapel, como en diversos lugares, el imputado ejerció maltrato psicológico de manera reiterada contra su ex cónyuge, en diversas ocasiones, con palabras y acciones que revistieron dicha situación.

En una de las ocasiones, el sujeto no habría aceptado el término de la relación e incluso le habría apretado las muñecas y empujado, en presencia de terceros.

A juicio de esta Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de maltrato habitual, previsto y sancionado en el artículo 14 de la Ley N° 20.066, en relación con el artículo 5° del mismo cuerpo legal, en grado de consumado, en el que al imputado le ha cabido participación en calidad de autor.

En juicio simplificado, que contó además con la representación de abogados particulares de la persona querellada y de la víctima -ambos profesionales-  el Juzgado de Garantía acogió los hechos propuestos por el Ministerio Público y condenó al acusado a 270 días de presidio menor en su grado mínimo, remitidos, a la prohibición absoluta de acercamiento a la víctima o a su lugar de trabajo y a asistir a un programa terapéutico y de orientación familiar.

El fiscal jefe de Illapel, Andrés Villalobos, destacó “Si bien la pena es baja y existe la prohibición de acercamiento, la particularidad es que el delito de maltrato habitual implica acreditar múltiples conductas desarrolladas a través del tiempo, con relevancia y gravedad y frecuencia en el tiempo.

Es la primera vez que obtuvimos sentencia por maltrato habitual, tras 3 días de juicio, con presentación de prueba gráfica, testimonial, de audios. Requirió un esfuerzo importante investigativo y de litigación para obtener la condena”, dijo. 

El uno de diciembre se revisará en la Corte Suprema el recurso de nulidad que interpuso la defensa y el fiscal añadió que “se espera tener un buen resultado”, dijo.

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